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Reglamento de presentación y evaluación del Trabajo Final de Egreso

  • Foto del escritor: Taller Musso
    Taller Musso
  • 15 may 2019
  • 8 Min. de lectura


Reglamento de presentación y evaluación del Trabajo Final de Egreso



Reglamento de presentación y evaluación del Trabajo Final de Egreso de la Licenciatura en Artes en sus seis opciones: Artes Plásticas y Visuales, Fotografía, Diseño Gráfico, Dibujo y Pintura, Escultura y Cerámica y de la Licenciatura en Arte Digital y Electrónico del I.ENBA



(Aprobado por Resolución del Consejo del IENBA N.º 103 del 20/12/17, Resolución del CDC Nº12 del 12/02/19, Publ. DO 10/4/19)


Art.1º) El estudiante realizará un proyecto de egreso correspondiente a la carga de créditos asignados en el Artículo 4º del Plan de Estudios para el Trabajo Final de Egreso (en adelante TFE).


Art.2º) El TFE será de presentación y elaboración individual - aún cuando pueda integrar un producto final en el que intervengan varios creadores -, realizado expresamente para esta instancia a partir de la aprobación de la propuesta por el Comité Académico de Evaluación. Podrá ser de producción artística en sus diferentes modalidades, teórico, teórico-práctico, práctico (incluyendo los aspectos técnicos correspondientes a la diversidad de propuestas), según lo señalado en el inciso b.2) del Artículo 33º del Plan de Estudios. El TFE no puede ser sustituido por ningún trabajo final correspondiente a cualquiera de las Áreas, Talleres de Libre Orientación Estética Pedagógica o Seminario Taller de las Estéticas III.


Art. 3º) Características del TFE El TFE debe ser un trabajo original del estudiante y reflejar conocimientos propios del nivel de egreso del I. ENBA, enmarcados en los contenidos de la licenciatura cursada de acuerdo a los programas de las Áreas y Talleres involucrados, avalado por informe fundado de los docentes responsables. En el caso de tratarse fundamentalmente de una elaboración teórica, la misma debe estar basada en reflexiones originales del estudiante, las que deben ser la parte sustancial del trabajo, respaldadas en un marco teórico académicamente reconocido.


Art. 4º) Contenidos del TFE Los contenidos del TFE en las Licenciaturas diversificadas (Fotografía, Diseño Gráfico, Dibujo y Pintura, Escultura, Cerámica, Arte Digital y Electrónico), deberán estar fundamentalmente vinculados al ejercicio del lenguaje específico. En la Licenciatura en Artes Plásticas y Visuales deben vincularse a las investigaciones realizadas en el Segundo Período de Estudios, que se encuentren reflejadas en las evaluaciones de su actividad curricular, o en su defecto, que estén claramente establecidas en los programas de los Talleres Paralelos de Libre Orientación Estético-Pedagógica (en adelante TLOEP) aprobados por el Consejo y cursados por el estudiante


Art.5) A fin de presentar la propuesta del TFE, el estudiante deberá haber aprobado todos los cursos correspondientes a 6º año de la licenciatura de la que se pretende egresar, y dispondrá de un plazo de hasta un año –a partir de la notificación de aceptación de su propuesta por el Comité Académico de Evaluación- para presentar el TFE. La presentación del TFE será en forma pública, considerando las características del mismo. Tanto en el caso de las propuestas como del trabajo final de egreso (si éste fuera escrito o en formato digital), se deberán presentar original y cuatro (4) copias del mismo. En el caso de tratarse de obras no escritas, se coordinará la vista y evaluación de la misma por parte de los integrantes del Comité Académico de Evaluación, pero previamente se presentarán registros fotográficos descriptivos de la misma, que se anexarán al informe a realizar por el Comité Académico de Evaluación.


Art.6) Plazos de presentación Los estudiantes solamente podrán solicitar al Consejo la Conformación del Comité Académico de Evaluación en dos períodos que se fijan en los meses de marzo y agosto de cada año. La entrega de la Propuesta y del TFE se podrá realizar únicamente en dos períodos que se fijan en los meses de mayo y octubre de cada año. Si el Comité le aprueba la propuesta, tiene un año para presentar el TFE. Si el Comité le solicita una reformulación de la propuesta, deberá presentarla en el siguiente período (mayo u octubre según corresponda).

Si se le realiza algún ajuste mínimo y puntual (que agregue bibliografía, etc.), se le solicitará al estudiante que presente la propuesta corregida en un plazo breve (7 (siete) días hábiles máximo), y se le dará por aprobada la propuesta en ese momento (si es satisfactoria), corriendo el plazo de un año desde esa fecha. De conformidad al tipo de TFE de que se trate y la necesidad de su seguimiento, luego de transcurridos seis meses de la fecha de aprobación de la propuesta, el Comité Académico de Evaluación podrá pedir al estudiante un avance del TFE de acuerdo a un cronograma que deberá haberse establecido junto con la presentación de dicha propuesta.


Art. 7) De los Tutores:


7.1 Designación . Al mismo tiempo de solicitar la conformación del Comité Académico de Evaluación, el estudiante deberá proponer al Consejo del I.ENBA un tutor que deberá ser docente de grado 3 o superior de la Universidad de la República, o su equivalente en otras instituciones educativas públicas nacionales o internacionales, para la realización del TFE. El tutor deberá manifestar por escrito su aceptación de su calidad de tal. En caso de que no se trate de un integrante del cuerpo docente del I.ENBA, se deberá acreditar su condicione de docente mediante documentación expedida por el servicio o institución al que pertenezca.

7.2 Sobre las tutorías. Los profesores (docentes grado 3 o superior) del I. ENBA tienen la obligatoriedad de asumir hasta 3 tutorías de TFE en el lapso de un año. Sin perjuicio de ello los docentes involucrados podrán aceptar un número superior de tutorías. Los tutores no podrán formar parte del Comité Académico de Evaluación.

7.3 Funciones del Tutor:

a) Definir conjuntamente con el estudiante el tema a tratar y/o la obra a realizar, teniendo en cuenta que éstos se vinculen directamente con el proceso formativo realizado por el estudiante en el I. ENBA y cumpla con las diferentes características definidas para este TFE.

b) Establecer con el estudiante un plan de actividades en el que se definan objetivos parciales y finales, con un calendario tentativo, donde conste el momento de presentación tanto de la propuesta como del trabajo final de egreso cuando aquella haya sido aprobada.

c) Supervisar la realización del trabajo y colaborar con el estudiante en sus procesos de reflexión y creación, apoyarlo en el uso de metodologías específicas, fuentes de referencias y otros perfiles que el tutor y/o el estudiante consideren convenientes.

d) Orientar activamente el trabajo al logro de sus objetivos parciales y finales en los tiempos adecuados a la concreción del mismo, estableciendo un régimen de reuniones periódicas con el estudiante para el cumplimiento de las funciones definidas, más allá de las que se realicen a requerimiento del estudiante.

e) Dejar constancia por escrito de su conformidad con la presentación de la propuesta y del TFE, según corresponda, al momento de su entrega


Art. 8) Del Comité Académico de Evaluación del TFE:


8.1 Integración. Deberá ser integrado con carácter obligatorio por todos aquellos docentes designados para el mismo, excepto por motivos fundados, que deberán ser expuestos por los docentes con anticipación a la constitución del Comité Académico de Evaluación, ante el Consejo del IENBA El Comité Académico de Evaluación del TFE previsto en el Artículo 33 inciso b.2) del Plan de Estudios se constituirá a solicitud del estudiante interesado en presentar el TFE. Estará compuesto por docentes de grado 3 o superior designados por el Consejo del I.ENBA, de acuerdo a la siguiente integración: a)Un integrante de los TLOEP aprobados por el estudiante en el sexto año de la carrera, propuesto por la Coordinación del Segundo Período.

b)Para el caso del estudiante que ha cursado: b.1 la Licenciatura en Artes – Artes Plásticas y Visuales, un integrante del Área Asistencial según la mayor afinidad con el proyecto presentado por el estudiante b.2 la Licenciatura en Artes, Opciones: Diseño Gráfico; Fotografía; Dibujo y Pintura; Escultura,Volumen en el Espacio y Cerámica y Arte Digital y Electrónico, un integrante del Área Asistencial relacionada con la Opción de que se trate. La propuesta será efectuada por la Coordinación del Segundo Período.

c) Un integrante de la Cátedra del Primer Período de Estudios a propuesta de la Coordinación del Primer Período de Estudios.

d) Un docente del Instituto propuesto por el estudiante. La propuesta deberá ser formulada por el estudiante en oportunidad de solicitar la constitución del Comité Académico de Evaluación. En caso que el estudiante haya omitido proponer a un docente para integrar el Comité Académico de Evaluación, el Director del I.ENBA podrá formular la propuesta correspondiente. Los miembros propuestos por las Coordinaciones y por el estudiante, deberán ser docentes de la Universidad de la República, con un grado 3 o superior, de acuerdo a lo que establece el Reglamento. El miembro propuesto por el estudiante no podrá ser docente de los TPLOEP o Áreas involucrados en el TFE. Para adoptar resoluciones el Comité Académico de Evaluación deberá contar con un quórum mínimo de tres miembros. En el caso de quedar el Comité Académico de Evaluación integrado por un número par de docentes y no lograr la mayoría requerida, los Coordinadores de ambos Períodos elaborarán una propuesta conjunta para ser considerada por el Consejo. En el caso de no coincidir, será definido por el Consejo.


8.2 Plazos Evaluación de propuestas de TFE: 30 (treinta)días hábiles desde la fecha de entrega de la propuesta por parte del estudiante en Sección Bedelía. En caso del incumplimiento del plazo, el Comité Académico de Evaluación tendrá diez días hábiles para elevar al Consejo una nota fundamentando los motivos de la demora. Evaluación del TFE: 60 (sesenta) días hábiles desde la fecha de entrega del Trabajo Final en Sección Bedelía. En caso del incumplimiento del plazo, el Comité Académico de Evaluación tendrá diez días hábiles para elevar al Consejo una nota fundamentando los motivos de la demora


8.3 Funciones del Comité Académico de Evaluación: Cumplir en lo general con las obligaciones que devienen del Reglamento. Nombrar un Coordinador del mismo. Elaborar los informes de evaluación de la propuesta y del TFE. Documentar en cada caso – evaluación de la propuesta y del trabajo final –sus actuaciones.


8.4 Funciones del Coordinador: Representar al Comité Académico de Evaluación ante: las autoridades del IENBA, el estudiante, el tutor, y la Bedelía del Instituto. Organizar el régimen de sesiones del Comité Académico de Evaluación. Informar y citar a cada uno de los restantes miembros del Comité Académico de Evaluación respecto de las actividades del mismo


8.5 Elaboración de los informes evaluatorios. Los informes evaluatorios a realizar por el Comité Académico de Evaluación deben contener:

a) Referencias a la propuesta y al TFE que den una idea clara de sus objetivos y contenidos, así como de la forma de desarrollo del mismo.

b) Las conclusiones del estudio del mismo establecidas de forma explícita, que sean el fundamento por el cual el Comité considera que dicho trabajo se inscribe, o no, dentro de las características definidas, en función de las cuales se determina su resultado.

c) El acta de aceptación de la propuesta, como el acta de evaluación final, se realizarán en el formato proporcionado por la Sección Bedelía del Instituto.


Art.9 ) El Comité Académico juzgará el TFE siguiendo los criterios establecidos en el Artículo 33º del Plan de Estudios, así como el más amplio criterio estético y filosófico para la convalidación y evaluación de las propuestas que se le presenten, debiendo éstas, así como los trabajos ya elaborados, ser evaluados teniendo en cuenta las inquietudes del estudiante.


Art.10) El estudiante podrá presentarse por nota ante el Comité Académico de Evaluación, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de la notificación del informe de evaluación, a efectos de formular observaciones, y en su caso, solicitar la revisión del dictamen –ya sea respecto de la pertinencia de la propuesta así como del dictamen final del trabajo- aportando las pruebas y fundamentos que correspondieren. La misma deberá ser avalada por el tutor. El Comité Académico de Evaluación dispondrá de treinta días corridos, contados a partir de la recepción del expediente respectivo, para expedirse definitivamente.


Art.11 )En caso que el Comité Académico de Evaluación del TFE lo estime pertinente, podrá generar una instancia de defensa oral de la propuesta presentada por el estudiante. Asimismo, dicha instancia de defensa oral, podrá ser solicitada por el estudiante, con el aval del tutor y deberá ser aceptada por el Comité Académico de Evaluación.



 
 
 

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